| Gonzalo Teruel: Cuéntele a los productores del NOA sobre esta medida por la cual los productores agrícolas van a tener que inscribirse en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del SENASA.
Juan Ibáñez: Se trata de un registro nacional de carácter sanitario que está llevando el SENASA, desde el 2003, sobre un concepto amplio de productores agropecuarios, no solamente agrícolas sino también pecuarios. En el caso animal se hace por el tema de fiebre aftosa, por ejemplo, y en el caso agrícola hemos notado un cumplimiento de la normativa en aquellos productos vegetales con destino a exportación y muy poca asiduidad de inscripción sobre productos agrícolas con destino al mercado interno.
Por eso que señalamos con suficiente anticipación que nuestro principal objetivo es trabajar gradualmente en la inscripción en este registro, pero de todos nuestros productores agrícolas, en donde el bruto tiene un destino no sólo de exportación sino también de mercado interno.
El objetivo indudablemente es llegar con este registro a tener una identificación relacionada entre el producto vegetal, quién la produce y sobre qué lugar o qué predio se produjo. Este es el soporte, desde el punto de vista SENASA, para poder en el caso de necesidad de llegar a origen por algún inconveniente de calidad o sanidad del producto y tener frente a nosotros al productor para darle solución. Buscamos la trazabilidad.
GT: Nuestro país es tan grande y tan grande la variedad de producciones que resulta difícil imaginar cómo se implementará esto. Operativamente, ¿se puede tener trazados todos los productos agrícolas?
JI: Hablé de graduación y dentro de esa graduación es una estrategia para la implementación y el cumplimiento desde el punto de vista operativo.
Esto lo pensamos en todas las oficinas de nuestro organismo, que son numerosas en el país, todos los técnicos que están trabajando en las oficinas del SENASA hablamos de una exclusiva reingeniería en la implementación, porque de acuerdo a la necesidad o demanda es probable que busquemos otros medios, como por ejemplo el tema de Internet.
Hablé de graduación y tiene que ver también con la actividad agrícola. Esto está hoy dirigido directamente a todas aquellas actividades que tienen una relación directa con SENASA desde el punto de vista sanidad, calidad e inocuidad.
Esto significa, por ejemplo, productores frutícolas u hortícolas que sus productos son consumidos en el mercado interno, porque lo que es exportación está muy desarrollado e implementado. Para marzo ya tienen que estar pensando en inscribirse porque a su vez se desglosa una normativa de la Secretaría de Agricultura del año pasado, la normativa 58/2007, donde se establece además la incorporación al RENSPA en un rótulo o etiqueta de los productos frutihortícolas que son comercializados y serán consumidos en nuestro país.
En realidad el RENSPA es para dar cumplimiento al concepto de trazabilidad y a las disposiciones ya vigentes a nivel nacional.
GT: En el tema ganadero se ha incorporado una caravana más a cada animal, ¿cómo será la identificación de los productos agrícolas?
JI: La identificación será sobre el modelo de rótulo o etiqueta que está establecido: esa etiqueta, puesta en productos como frutas y hortalizas, tiene un dato no menor y más que importante que es el número RENSPA, similar al ganadero, de 17 rangos.
En ese número nosotros podemos dirigir la información a la zona de producción, a la oficina que lo emitió y la actividad agrícola. Es una clave que une el producto vegetal, en este caso una fruta u hortaliza, el productor y la unidad de producción.
Indudablemente, el RENSPA se desprende como un requisito a cumplir para todo productor que necesite una tramitación, certificación o habilitación de parte del SENASA. A eso hay que sumarle que estamos trabajando en la unificación de un documento de tránsito vegetal (DTV), que sería el homónimo al Documento de Tránsito Animal, en el del DTV vamos a solicitar la condición de que el productor tenga que estar inscripto en el registro.
Es un sistema que está unido y armonizado como si fueran eslabones de una cadena, para que tengamos esa herramienta indispensable cuando hablamos de controles que es saber de ese producto quién lo produjo y en qué lugar, frente a una necesidad de llegar a origen.
GT: ¿La inscripción en el RENSPA y su posterior aplicación tendrá algún costo para los productores?
JI: La disposición señala claramente la obligatoriedad y la gratuidad. En este momento no está previsto cobrar ninguna tasa ni arancel.
GT: ¿Cuáles son los requisitos de inscripción en el RENSPA?
JI: El productor tiene que acercarse a nuestras oficinas de SENASA con requisitos documentales muy sencillos, pero que hacen a la confiabilidad y a la entrega de este número RENSPA.
Esos requisitos documentales son los siguientes: como en cualquier trámite de asignación de un número de registro es preciso el DNI; además el productor debe traer una fotocopia de su identificación tributaria y esto tiene un sentido lógico porque nos sirve de garantía de que el productor a dado ante otro organismo oficial cuentas de mínimas condiciones de producción. En lo que tiene que ver con la relación del predio de producción, debe traer fotocopia del contrato de acuerdo a la posición frente al campo; finalmente se realiza una declaración jurada muy sencilla sobre la actividad que está desarrollando y se les asigna el número RENSPA, que hay que actualizar anualmente.
GT: En el último párrafo de la disposición se prevé la aplicación de apercibimientos y sanciones a quienes no cumplan con esta disposición. Para poder apercibir y sancionar, previamente debe hacerse un control, ¿cómo van a hacerlo?
JI: Operativamente ya lo está haciendo el SENASA. Tenemos muchas áreas de fiscalización y control e incluso ya hay una arquitectura de control con coordinaciones regionales del SENASA que están más allegadas que antes a la producción. Tenemos una estrategia de fiscalización que será gradual.
El objetivo no es sancionar el 2 de marzo a todos los que no se han inscripto, todo lo contrario, la idea es comenzar con información clara. Esta disposición está orientada a productores de frutas y hortalizas o a productores agrícolas relacionados a programas sanitarios o fitosanitarios. SENASA, con el registro de los productores, tiene una información importante para acelerar programas de control y soluciones.
GT: ¿Desde cuándo los productores pueden dirigirse a la oficina de SENASA más próxima a sus establecimientos productivos?
JI: Desde hoy mismo si lo desean, no hay inconveniente, pero hemos puesto la fecha del 1 de marzo por una cuestión de reingeniería que hemos hecho a partir del año pasado trabajando sobre un plan piloto.
En las oficinas del SENASA más próximas al predio de la producción pueden registrarse, recordando que el concepto de graduación: hoy por hoy, está dirigida más específicamente a frutas y hortalizas y a producciones vinculadas a programas del SENASA, y no a todo el universo productivo.-
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